Requisitos para Contratar Extranjeros: Tipos, Cláusulas y Más

El talento viene de todas partes del mundo, por lo que así como tenemos trabajadores talentosos y competentes en nuestro país, también existe muchísimo potencial afuera. ¿Cómo podemos aprovechar eso para nuestra empresa o negocio? Pues aquí en ChileLegal te invitamos a conocer los requisitos para contratar extranjeros.

A continuación, te informarás un poco más acerca de cuáles son los tipos de visa y permisos de trabajo para extranjeros que existen actualmente; además, de que conocerás sobre los requisitos que como empleador debes cumplir para llevar a cabo la contratación de un extranjero.

¿Cuáles son los requisitos para contratar extranjeros?

Para comenzar, es importante que antes de considerar contratar extranjeros en tu negocio o sitio de empleo, consideres primeramente una serie de requisitos que los mismos deben cumplir en su cabalidad; de esta manera, puedes evitar un sinfín de inconvenientes legales. Los requisitos para contratar extranjeros son los que se mencionan a continuación:

Cuáles son los requisitos para contratar extranjeros

  • Permiso de trabajo; de hecho, se considera como el principal y más importante para que los inmigrantes puedan ejercer su labor en Chile.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Contar con domicilio legal en el país.
  • En caso de tratarse de profesionales, técnicos, especializados y demás extranjeros titulados, deben tener acreditado su título ante la autoridad respectiva; además, dicha acreditación debe estar apostillada.

Es importante mencionar, que como empleador debes evitar además de que las actividades o labores ejecutadas por el trabajador extranjero no pueden catalogarse como peligrosas o atentatorias para la seguridad del país.

¿Cuáles son las cláusulas que deben contener los contratos de extranjeros?

Te recomendamos considerar el hecho de que todo contrato y anexo en particular hasta que el trabajador extranjero no cuente con la permanencia definitiva, deben ser ante notario en cuestión. De hecho, los contratos de extranjeros deben contener las cláusulas que se indican a continuación:

  • Remuneración; cuyo rol es la de aclarar que la contraprestación por los servicios del trabajador extranjero será pagada en Chile utilizando la moneda en curso legal.
  • Vigencia; la cual se redacta de la siguiente manera:

La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido el visado de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en trámite.

Cuáles son las cláusulas que deben contener los contratos de extranjeros

  • Régimen provisional; con la cual el empleador o jefe se compromete a llevar a cabo las respectivas retenciones.
  • Impuesto a la Renta; en donde el empleador se obliga a responder por el impuesto a la renta del trabajador extranjero en cuestión. Cabe mencionar, que esto es sólo para aquellos cuyos sueldos son superiores a 13,5 UTM.
  • Viaje (para visa de residencia sujeta a Contrato de Trabajo); la cual es en donde el empleador se compromete a pagar, una vez terminado el contrato, el pasaje de regreso el trabajador así como también a los miembros de su familia a su país de residencia.

Adicionalmente, como empleador o jefe debes estar constantemente verificando que el trabajador extranjero cuente con su permiso y residencia al día; esto debido a que cotizar con el permiso estando vencido lo deja expuesto a multas cuantiosas tanto al trabajador como al empleador.

¿Cuáles son los tipos de visas y permisos de trabajos para extranjeros?

Llegados a este punto, es posible que te preguntes cuántos tipos de visas y permisos de trabajo existan actualmente. De hecho, las visas y permisos que se tramitan actualmente son las que se indican a continuación:

  • Visa de residencia que se encuentra sujeta a contrato de trabajo: la cual se trata de un permiso para extranjeros contratados por alguna empresa durante un tiempo máximo de hasta dos (2) años.
  • Visa de residencia temporaria por motivos laborales: el cual trata de un permiso para trabajar dentro del país durante un período máximo de un (1) año y que puede renovarse a dos (2) años, ya sea con uno o más empleadores o jefes.
  • Permiso especial para trabajo incluyendo visa temporaria por motivos laborales en trámite: el cual se trata de un permiso que se solicita al momento de enviar la solicitud de residencia temporal; al mismo tiempo en que permite trabajar una vez que dicha solicitud es acogida.
  • Visa para artistas: que trata de un permiso de trabajo para todo aquél artista que llegue al país a trabajar durante un período menos de 90 días.
  • Autorización para trabajar como turista: en este punto es preciso destacar que los turistas tienen expresamente prohibido el desarrollar actividades remuneradas durante su estancia en el país. No obstante, en casos muy calificados, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública puede autorizar su trabajo por un período de tiempo menos a 30 días; los cuales son prorrogables por períodos del mismo tiempo hasta que dicho visado de turista se venza.

¿Cuáles son los requisitos para el empleador de extranjeros?

Una vez que ya se conocen los requisitos para poder contratar extranjeros, resulta importante informarse sobre cuáles son los requisitos que, como empleador o jefe, debes cumplir, los cuales son los que se mencionan a continuación:

Cuáles son los requisitos para el empleador de extranjeros

  • Tener domicilio legal en Chile.
  • El contrato de trabajo debe encontrarse firmado ante algún notario por el empleador y el trabajador; en su defecto, por el empleador y su representante legal.
  • El trabajo en cuestión debe estar contemplado bajo las normas legales y se seguridad que se describen en el Código del Trabajo. Adicionalmente, la contratación del trabajador debe cumplir con todas y cada una de las disposiciones laborales y previsionales que son exigidas por el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior.

Tomando en cuenta lo último descrito, es por ello que cada trabajador extranjero en condición de trabajo normal se encuentra cubierto por la ley 16.744, la cual afirma la completa cobertura de salud en caso de accidente laboral, de trayecto o enfermedad profesional; pudiendo de esta manera acceder a las prestaciones médicas que se otorgan por una mutualidad.

Adicionalmente, el trabajador puede cotizar en una Administradora de Fondo de Pensiones (AFP). No obstante, aquellos que cuenten con un grado académico técnico y se encuentren afiliados a un régimen de previsión social fuera de Chile, el cual cubra enfermedades, invalidez, vejez y muerte; cuentan con el derecho a eximirse de la cotización en Chile.

¿Qué ocurre cuando se termina el contrato de un trabajador extranjero?

De hecho, este factor sólo afecta a quienes cuenten con una visa sujeta a contrato; por otro lado, en el caso de los permisos de visa temporaria, turista o estudiante, el término o período indicado es quien rige la permanencia de la persona en el país, ya sea si se encuentre trabajando o no.

Qué ocurre cuando se termina el contrato de un trabajador extranjeroNo obstante, cuando la visa de residente sujeto a contrato se vence, es necesario conseguir un nuevo trabajo o poder contar con un nuevo empleador o jefe. Habiéndose establecido esta relación, deben solicitarse el cambio de empleador para la regulación de dicho permiso en el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, o incluso en las Gobernaciones Provisionales.

Cabe menciona, que el trabajador dispone de 30 días desde el término de la relación laboral para llevar a cabo este trámite; lo cual se demuestra presentando el finiquito de la primera relación empleador/trabajador así como el contrato de un nuevo trabajo.

Como conclusión, podemos asegurarte que cumpliendo con cada una de las indicaciones aquí mencionadas, podrás contratar a un empleado extranjero sin inconveniente alguno; por lo tanto, te recomendamos que tomes en cuenta los requisitos aquí expuestos.

Esperamos que este artículo te haya resultado de bastante utilidad; muchas gracias por leernos. ¡Feliz día!